jueves, 31 de mayo de 2018

Negligencia medica, responsabilidad penal, penas de cárcel e inhabilitación

El Juzgado de lo Penal Nº6 de Málaga, en su sentencia del 3 de febrero de 2015, condenó “como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio por imprudencia del art. 142. 1o y 3° del Código Penal” al cirujano que intervino a la paciente de una reducción de pecho y liposucción abdominal, quien “no advirtió ni sospechó nada anormal en su paciente hasta el día sexto después de la intervención, fecha en la que le fue diagnosticada por el servicio de digestivo del referido Hospital las perforaciones intestinales causadas”. El juez le impuso una pena de dos años y diez meses de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica por cuatro años. Además, el cirujano tendrá que pagar en concepto de indemnización 210.000 euros al marido e hijos de la fallecida, así como 30.000 euros a cada uno de los padres y hermanos de la misma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario