jueves, 31 de mayo de 2018

Condenan a una aseguradora de Hellín por una negligencia médica

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín (Albacete) ha condenado a la compañía aseguradora de una clínica de la localidad albaceteña a que indemnice a una paciente por mala praxis médica.
Según ha informado la asociación "El Defensor del Paciente", cuyos servicios jurídicos han tramitado la denuncia, la indemnización se produce por lesiones que presenta la demandante en su mano derecha a consecuencia de la mala praxis médica.
La afectada, que ha pedido que se respete su anonimato y que no se dé a conocer la cantidad indemnizatoria pues considera que lo más importante es que se haya reconocido el daño mediante sentencia, sufrió en junio de 2015 una caída que le provocó la fractura de la primera falange del segundo dedo de su mano derecha.
Tras la caída fue trasladada al Hospital de Hellín, donde se comprobó que la fractura no estaba desplazada, y donde se efectuó la inmovilización de la misma mediante la unión del segundo dedo y el tercero con una férula de metal y yeso.
Después de esta primera asistencia, la paciente acudió el 17 de junio a un centro médico privado de Hellín para continuar con el preceptivo tratamiento, donde el facultativo de la clínica, "con infracción de los protocolos médicos", procedió a retirar la inmovilización de forma anticipada.
La retirada de la inmovilización ocasionó el desplazamiento de la fractura y la consecuente agravación del cuadro médico, por lo que la paciente tuvo que someterse a dos intervenciones quirúrgicas, se le implantó material de osteosíntesis y perdió movilidad articular con un "ligero perjuicio estético".
Ante estos hechos, la paciente se dirigió a la asociación "Defensor del Paciente" que interpuso, a través de un despacho de abogados, una demanda "con el fin de obtener del poder judicial una sentencia que reconociera los hechos constitutivos de la deficiente asistencia sanitaria".
Así, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín, de fecha de 15 de enero de 2018, ha considerado que "el tratamiento fue evidentemente deficiente, provocándole una serie de secuelas". Asimismo, la resolución judicial obliga a la compañía aseguradora a indemnizar a la reclamante con una determinada cantidad más los intereses, y le impone las costas judiciales por estimación sustancial de la demanda.
 
Fuente: Cadena Ser

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