El Juzgado de lo Penal Nº6 de Málaga, en su sentencia del 3 de febrero de 2015, condenó “como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio por imprudencia del art. 142. 1o y
3° del Código Penal” al cirujano que intervino a la paciente de una
reducción de pecho y liposucción abdominal, quien “no advirtió ni
sospechó nada anormal en su paciente hasta el día sexto después de la
intervención, fecha en la que le fue diagnosticada por el servicio de
digestivo del referido Hospital las perforaciones intestinales
causadas”. El juez le impuso una pena de dos años y diez meses de
prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión
médica por cuatro años. Además, el cirujano tendrá que pagar en concepto
de indemnización 210.000 euros al marido e hijos de la fallecida, así
como 30.000 euros a cada uno de los padres y hermanos de la misma.
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